miércoles, 21 de diciembre de 2011

Adalides, almocadenes y peones castellanos. Libro de las Siete Partidas de Alfonso X.


Adalides, almocadenes y peones castellanos
Descripción en las Partidas de Alfonso X

Titulo XII.
De los adalides, e almogauares e de los peones.
Mostramos en el titulo ante deste, de los Caualleros. Agora queremos decir de los adalides, e de los almogavares, e de los peones, que son mucho menester en tiempod e guerra. E fablaremos primero de los adalides, quales deuen ser en sí. E por que son assi llamados. E de quales cosas deuen ser sabidores. E como deuen ser escogidos. E de si mostraremos quales deuen ser los almogauares. E como deuen ser fechos. E que omes deuen escoger para traer consigo en las guerras.

LEY I.
Que cosa debe aver el adalid en si: e cual deue ser, e por que son assi llamados.

Quatro cosas diXeron los antiguos, que deuen auer en sí los adalides. La primera, sabiduría; la segunda, esfuerzo; la tercer, buen seso natural; la quarta lealtad. E sabidores deuen ser para guardar las huestes e saberlas guardar de los malos passos e peligros; E otrosí deuen ser sabidores do han de pasar las huestes e las caualgadas, tambien las paladinas como las que fazen escondidamente, guiandolas a tales lugares que fallen agua e leña e yerua, do puedan todos posar de to so vno. Otrosí deuen saber los lugares que son buenos para echar celadas tanto de peones como de caualleros e de como deuen estar callando en ellas, e salir ende quando lo oubiessen menester, E otrosí les conuiene que sepan muy bien la tierra que han de correr e donde han a embiar las algaras. E esto, por que lo puedan mas ayna e mejor fazer e salir en saluo con lo que robaren. E otrosi, como sepan poner atalayas, e escuchas, también las manifiestas, como las otras a que llaman escusanas. E traer barruntes de sus enemigos, para auer siempre sabiduría dellos, E quando desta guisa non lo podiessen fazer, deuense trabajar, como sepan tomar algunos de los de aquel lugar a que quieren fazer guerra; por que por ellos puedan saber ciertamente, como están los enemigos, e en que manera los deuen ellos guerrear. E vuna de las cosas que mucho deuen catar, es que sepan que vianda han de leuar los que fueren en las huestes, e en las caualgadas, e para quantos días, e que la sepan fazer alongar si menester fuere. E por ende los Antiguos, que eran muy sabidores de guerra, tan grande auian el saber de fazer mal a sus enemigos, que lleuauan sus viandas toxadas, en arguenas, o en talegas, quando yuan en las caualgadas e non querían leguar otras bestias. E esto fazian, por yr mas ayna emas encobiertamente: e quanto mas honrados eran, tanto mas se preciauan, e se tenían por mejores, en saber sofrir afán, e pasar con poco en tiempo de guerra. E esto fazian por vencer sus enemigos; semejándoles, que precio, nin sabor deste mundo, non era mayor que este. E porque su vianda leuauan assi como sobredicho es, llamaronlo después talegas. Onde de todas estas cosas, que agora en esta ley diximos, deuen ser muy sabidores los Adalides, para saberlas ellos mostrar a todos los otros omes, como lo sepan; e porque en aquellos que a ellos conuiene de fazer, les deuen los omes ser bien mandados también Emperadores como Reyes, e todos los otros, que en las guerras fueren, e por ellos se ouieren a guiar; e porende el su acabdillamiento es muy grande. E los que non los quieren ser bien mandados, deuen auer tal pena, qual fallase el Rey, que meresciessen, segund el daño que rescibiessen los de la caualgada, porque se les desmandaron. E esforcados de coracon ha menester que sean, de manera que no se pierdan, ni desmayen por los peligros, quando los acaescieren; assi como de errar el lugar, do cuydauan de yr, e salir a otro mas peligroso; o como quando les diesen saqlto, gran poder de los enemigos, a sobreuienta, e ellos touiessen poca gente consigo; e quando les acaesciessen otras semejantes destas: ante deuen auer buenos corazones rezios, para esforzar, e confortar a si mismos, e a los otros, e meter y las manos, e ayudarles bien con ellas, quando menester fuesse. Ca non es derecho que estos atales ponen sus cuerpos, pues que los otros auenturan los suyos, yendo en su guiamiento. E non tan solamente deuen auer esfuerco de fecho mas aun de palabra, de manera que sepan los otros esforcarse, e conotarse con ella. E palabra verdadera es de los Antiguos, que muchas vegadas vence el buen esfuerco, la mal andanca. E buen seso natural deuen auer, porque sepan obrar destas cosas, también de la sabiduría, como del esfuerco, de cada vno en su lugar. E que sepan auenir los omes, quando estouieren desauenidos, e partir con ellos lo que ouiessen. E honrar e eruir los omes buenos, que andouissen en las huestes, o en las caualgadas que ellos guiassen. Mas sobre todas las otras cosas, conuiene que sean leales de manera que sepan amar su Ley, e su Señor natural, e la compaña que guian; e que desamor, ni malquerencia, ni cobdicia, non les mueua a fazer cosa que contra esto sea. Ca pues que ellos, fiándose en su fieldad, se meten en poder de sus enemigos, o en lugares do nunca entraron, si ellos leales non fuesen, mayor seria la traycion, e mas dañosa, que de otro ome, porque todo el mal que quisiesen podrían fazer en ellos. E porende, antiguamente fueron catadas todas estas quatro cosas, que las ouiesse en si el Adalid. E por esto los llaman Adalides, que quiere tanto decir, como guiadores; que ellos deuen auer en si todas estas cosas sobredichas, para bien sauer guiar las huestes e las caualgadas en tiempo de guerra.

LEY II
Como deue ser escogido el adalid e quien lo puede facer.

Antiguamente pusieron los sabidores de guerra, cierta manera como fuesen fechos los Adalides, e en qual guisa los honrasen los Señores, e sobre que cosas les diesen poder. E nos queremoslo mostrar en estas leyes, porque es cosa que conuiene mucho a fecho de guerra. Onde dezimos, que cuando el Rey o alguno otro Señor, quisiere fazer adalid, que deue llamar doze adalides, de los mas sabidores que pudieren fallar. E estos, que iuren que le diran verdad, si aquel que quieren alcar Adalid, ha en si las quatro cosas que diximos en la ley ante desta. E si ellos sobre la iura dixeren, que si, deuenlo estonce fazer adalid. E si tantos adalides non podieren fallar, que diesen este testimonio, han de tomar los que menguaren, de los otros omes, que sean sabidores de guerra, e de su fazienda del. E dando estos testimonios, con los otros, valen tanto como si fuesen Adalides todos. E desta guisa deuen ser escogidos, e non de otra. Ni el non se puede fazer por si mismo, maguer fuesse para ello: ni lo puede fazer, si non Emperador, o Rey, u otro en boz dellos. E qualquier otro que se atreuiesse a fazerlo, si non aquellos que en esta ley dize, o si alguno por si mismos tomassen poderío para ser Adalid, maguer fuesse para ello deue morir porende; también el vno, como el otro, por que se atreuieron a lo que les non conuiene. E por auentura non los podieren fallar, han de perder lo que ouieren.

LEY III
Como deuen fazer el adalid, e que le deue dar el lo fiziere, e que poder: e que honra gana después que fuere adalid

Alcar queriendo a alguno por Adalid, deuenlo honrar desta guisa. E el que lo quiere de alcar, e de fazer, hale a dar que vista, e vna espada, e aun cauallo, e armas de furte e de fierro, segund la costumbre de la tierra: e deuen mandar a vn Rico ome, Señor de Caualleros, que le cinga la Espada; pero pescozada non le deue dar. E desque gela ouiere cinta, han de poner vn escudo en tierra allanado, de lo que es de parte de dentro, contra arriba: e deue poner los pies de suso, el que ouiere de ser adalid. E de si, hale de sacar el espada de la vayna, el Rey, o el que le fiziese, e ponergela desnuda en la mano. E deuen estonce alzarlo en el escudo, lo mas que podieren, los doze que dieron testimonio por el. E tenieddolo ellos assi alcado, devenlo tornar luego de cara contra Oriente, e ha de fazer con el espada dos maneras de tajar; alcando el barzo contraarriba, tirándola contra Ayuso, e la otra de trauiesso, en manera de cruz, diciendo assi:

"Yo fulan desafio, en el nome de Dios, a todos los enemigos de la Fe, a de mi Señor el Rey, e de su tierra."

E esso mesmo deue fazer, e decir, tornándose las otras partes del mundo. E edespues desto, ha de meter el mismo el espada en la vayna, e ponerle el Rey vna señal en la mano, si lo el alacare Adalid, e decirle assi:

"Otorgote, que seas Adalid de aquí adelante. "

E si otro lo fiziere en boz del Rey, deuelo ese poner la seña en la mano, diziendole assi:

"Yo te otorgo en nome del Rey, que seas Adalid. "

y dende adelante puede traer armas, e cauallo e seña; e assentarse a comer con los caualleros, quando acaesciere: e el que lo desonrare ha de auer peno segund por Cauallero, por honra del Rey. E después que fuere fecho Adalid honradamente, assi como sobredicho es, ha poder de cabdillar los omes honrados, e a los Caualleros por palabra; e los Almogauares de cauballo e a los Peones, de fecho, feriendolos, e castigándolos; mas non en tal lugar, ni en tal manera que resciban daño.

LEY IV
Por quales razones deuen ser fechos los Adalides honradamente. E que poder han. E que pena merecen, si non fazen bien lo que han de fazer.

Honradamente, establescieron los Antiguos, que fuesen fechos los Adalides, según en la ley ante desta diximos. E esto fizieron por muchas racones. Lo vno, por los grandes fechos que fazen con ellos. Lo al, por los grandes peligros a que se meten. E otrosi po el poderío que han de judgar muchas cosas: lo que otros omes non podrían fazer. Ca ellos judgan los de las caualgadas, sobre las cosas que acaescen en ellas. E han de ser entre aquellos, que partieren lo que ganaren, e fazer enderecar de lo que perdieren. E ellos han poder de mandar a los Almogauares de cauallo, e a los Peones, e de poner de dia atalayas, e de noche escuchas, e rondas. E han de ordenar las algaras, e otrosi las celadas, como se fagan, cada vna de ellas según deuen. E ellos han de poder de fazer Almocadenes, a los Peones, segund dize en la ley que fabla en esta razón. E porende deuen ser entendidas, e de buen seso para escoger quales omes conuienen para estas cosas sobredichas. E si desta guisa non lo fiziessen, deuen rescebir pena en los cuerpos, e en los aueres, segund el mal que viniere, por el yerno que ouiessen fecho. Pero si el yerro non viniere por culpa de los Adalides, mas de los que ellos pusiesen, deuen los otros que se les desmandaron, auer la pena sobredicha.

LEY V
Que cosas deue auer en el Almocaden e que deue fazer el que lo fiziere.

Almocadenes, llaman agora a los que antiguamente solían llamar Cabdillos de las Peonadas. E estos son muy prouechosos en las guerras. Ca en lugar pueden entrar los Peones e cosas cometer, que non lo podrían fazer los de a cauallo. E porende cuando ouiere allí algún peón que quiera ser Almocadén, ha de fazer de esta guisa: venir primeramente a los Adalides e mostrar por quales razones tiene que meresecer de lo ser; estonce ellos deuen llamar doze Almocadenes y fazerles jurar que digan verdad; si aquel que quiere ser Almocadén es ome que ha en sí quatro cosas: la primera que sea sabidor de guerra e de guiar los que con él fueren; la segunda, que sea esforzado para acometer los fechos y esforzar a los suyos: la tercera que sea ligero, ca esta es cosa que conuiene mucho al Peón para poder pronto alcanzar lo que a tomar ouiesse, E otrosí para saber guarescer quando lo fuesse gran menester; la quarta que deue ser leal para ser amigo de su Señor e de las compañas que acabdillare. Ca esto conviene que aya en todas guisas, el que fuere cabdillo de peones. E dando ellos testimonio, que ha en si estas quatro cosas, deuenle lleuar al Rey, o a otro Cabdillo, que fuere en la hueste, o en la caualgada, diciendo de cómo es bueno para ser Almocaden. E desque gelo otorgaren, hale a dar, que vista de nueuo, según la costumbre de la tierra, e hale a dar vna lanca, con pendon pequeño, que se fecho como posadero. E este pendon ha de ser de qual señal quisiere porque sea por el conoscido e mejor guardado de sus compañas. E otrosi, por que sepan, quando fazen mal, o quando fazen bien.

LEY VI
Como deue ser fecho el Almocaden, e que pena merece, si non usasse bien de su oficio.

Jurado auiendo los doze Almocadenes, por el que quisieren fazer Almocaden, assi como dize en la ley ante desta, han ellos mismos a tomar dos lancas, e fazerlo sobir en ellas de pies sobre las astas, tomandolas cerca, de manera que non se quebrantes, ni caya; e alcarlo quatro vezes, alto de tierra, a las quatro partes del mundo: e ha de decir a cada vna dellas aquellas palabras, que de suso diximos, que deue decir el Adalid. E mientra que las dixere, ha de tener su lanca con su pendon en la mano, siempre enderecando el fierro contra la parte do el touiere la cara. E maguer alguno fuesso atal, que meresciesse ser Adalid, non lo puede ser, amenos de ser algún tiempo Almogauar de cauallo. E según dixeron los Antiguos, las cosas que han de yr a bien, siempre han de yr, e de sobir de vn grado a otro mejor. Assi como fazen del buen Peon, buen Almocaden, e del buen Almocaden, buen Almogauar de cauallo, e de aquel, el buen Adalid. E desta manera ha de ser fecho Almocaden. E quien de otra manera lo fiziere, deue perder el lugar que touiere, solo por atreuerse de fazerlo. E de mas ay otra pena, que si algún daño, por atreuerse, viniesse por culpa de aquel Almocaden mal fecho, que deue auer pena el que lo fiziere, segund aquel daño fuesse. Ca si fuere fecho, en la manera que sobredicha es, que se deue fazer, non auria culpa ninguna, el que lo fiziere Almocaden, si algund yerro fiziesse; mas el mismo deue lacerar por el, según su fecho. Esso mismo dezimos, si se le demandasen sus compañeros, que deuen auer pena, según el daño que viniere por su desmandamiento. Pero entiendose, si el Almocaden non gelo podiesse vedar, la colpa, e la pena, suya deue ser.

LEY VII
Quales deuen ser los peones por la tierra, e como deuen ser escogidos, e guisados.

La frontera de España ,es de natura caliente, E las cosas que nascen en ella son más gruessas e de más fuerte complisión que las de la tierra vieja;E por ende los Peones que andan con los Adalides y con los Almocadenes en fecho de guerra, ha menester que sean fechos e acostumbrados e guisados al ayre e a los trabajos de la tierra; E si tales non fuessen non podrían luengo tiempo biuir sanos, maguer fuessen ardides e valientes; E porende los Adalides e Almocadenes deuen mucho catar que lleuen consigo Peones en las caualgadas e en los otros fechos de guerra, que sean usados de guerra e de estas cosas que de suso diximos, E demás que sean ligeros y ardides e bien faccionados de sus miembros para bien poder sufrir el afán de la guerra, e que anden siempre bien guisados de buenas lanzas e buenos dardos, e cuchillos e puñales; E otrosí deuen traer consigo omes que sepan tirar de ballesta, e que trayan los guisamientos que pertenescen a fecho de ballestería, ca estos omes cumplen mucho a fechio de guerra. E quando tales fueren, deuen los Adalides y los Almocadenes amarlos mucho e honrarlos en dicho e en fecho, partiendo bien con ellos las ganancias que fizieren, de consuno, assi como delante se muestra. E si por auentura tales Peones como estos, que sobredichos son, non pudiessen auer, ante deuen ellos querer entrar en tierra de los enemigos, con pocos Peones, e buenos, que con muchos e malos.

sábado, 10 de diciembre de 2011